Minuto Neuquen

¿Quién podrá circular libremente durante la cuarentena obligatoria?

La lista incluye los servicios básicos para la sociedad.

Gabriel Muñoz Asquini
Gabriel Muñoz Asquini
Argentina en cuarentena. Fuente: (Twitter)
Argentina en cuarentena. Fuente: (Twitter)

La cuarentena dispuesta por el Gobierno nacional para evitar el avance del coronavirus abarca a la totalidad de la población, salvo excepciones.

El artículo seis del decreto presidencial pone de manifiesto quiénes podrán circular durante los 10 días en que se extienda el "aislamiento preventivo y obligatorio", pero solo para el estricto cumplimiento de actividades y servicios fundamentales para la sociedad.

En principio, podrá evitar la cuarentena el personal de Salud, las fuerzas de seguridad, las Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

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Además se incluye a las autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los empleados públicos (de todas las jurisdicciones) cuyas actividades sean esenciales, y el personal de los servicios de turno de la justicia.

También podrán circular durante el "aislamiento social preventivo" el personal diplomático y consular extranjero, los integrantes de organismos internacionales, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

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A la lista se suman las personas que deban asistir a discapacitados, familiares que necesiten asistencia, personas mayores, niños y adolescentes. Quienes deban atender situaciones de fuerza mayor; afectadas a servicios funerarios, entierros y cremaciones; los afectados a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos, y quienes se desempeñan en los medios de comunicación.

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Otros que podrán evitar la cuarentena son: personal afectado a obra pública, supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas. Industrias de alimentación (cadena productiva e insumos), de higiene personal y limpieza, de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

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También se incluye a quienes realizan actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

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Por último, estarán exceptuados de seguir el "aislamiento" quienes se dedican al reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad. Servicios de lavandería. Servicios postales y de distribución de paquetería. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia. Quienes trabajan en la industria del petróleo, y los encargados del transporte de caudales y recarga de cajeros automáticos.