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¡Tomá nota! Las 10 recomendaciones del BCRA para invertir en plazos fijos

Es la manera más simple y segura de ahorrar dinero.

Marcia Zorrilla
Marcia Zorrilla
Plazos fijos. Fuente: (Twitter)
Plazos fijos. Fuente: (Twitter)

Luego de que Alberto Fernández reconociera que la salida del coronavirus no va ser nada fácil y que la economía “se estancará”, para tratar de no perder demasiado contra la inflación, el BCRA lanzó una serie de recomendaciones de inversión en plazos fijos.

Otro de los motivos por los que el Banco Central sugirió 10 razones para invertir en plazos fijos tiene que ver con que, debido a la incertidumbre del coronavirus, muchos argentinos están abandonando este método de ahorro. Cabe tener en cuenta también que, la máxima autoridad monetaria indicó que, en la actualidad, la tasa de interés promedio se encuentra en un 23%. 

Entonces, con el propósito de recomponer el plazo fijo como un canal de ahorro en pesos, el organismo que conduce Miguel Pesce consideró recomendable utilizar los plazos fijos, puesto que, además de ser “simple” y “seguro”, guardar dinero en la casa “no genera ningún rédito”.

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“Antes de elegir un banco para constituir un plazo fijo chequear la tasa de interés”, además, “si se sabe que no se necesitará el dinero por un tiempo superior a 30 días, consultar por plazos superiores, 60, 90, 180 y 360 días”, continuó el comunicado del Central para realzar el uso de este método de ahorro.

Los plazos fijos que fueron captados a tasa superiores a la de referencia, y los que hayan contado con incentivos o retribuciones especiales diferentes de la tasa de interés, no se encuentran garantizados por el Seguro de Garantía de los Depósitos”, recordó y agregó que “el monto mínimo para poner en plazo suele ser de $1000”.

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Otro dato a tener en cuenta es que, “las operaciones de plazo fijo pueden hacerse en pesos o en dólares”, aunque el BCRA recomendó hacerlo en moneda argentina, puesto que, “incrementa su seguridad ya que permite evitar el traslado del dinero de una entidad a otra”.

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Por último, el Central recordó que “no son compensables aquellos plazos fijos que poseen una modalidad específica (ej. precancelables, ajustables con cláusula CER, UVas, etc.) ni los que se hayan realizado electrónicamente (por cajero, Home Banking, teléfono, etc.), ya que es necesario poseer el documento físico para presentarlo en otra entidad”.