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Recategorización

Comienzan a regir en enero las nuevas escalas del monotributo

A partir del 1 de enero de 2023 rigen las nuevas escalas del monotributo, por lo que los contribuyentes que les corresponda tendrán tiempo hasta el 20 para tramitar la recategorización. El mismo día vence la primera cuota mensual del 2023.

Darío Ibáñez Manzano
Darío Ibáñez Manzano
AFIP dispuso nuevas reglas para la categorización de contribuyentes. Fuente: (Télam)
AFIP dispuso nuevas reglas para la categorización de contribuyentes. Fuente: (Télam)

Desde el 1 de enero comienzan a regir las nuevas escalas del monotributo, por lo que aquellos contribuyentes que les corresponda, deberán realizar el trámite de recategorización, y tendrán tiempo hasta el 20 de enero. Además, desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), informaron que en la misma fecha vence la primera cuota mensual de 2023.

La AFIP informó también que “la actualización de los valores en los ingresos brutos tiene un carácter progresivo, ya que las categorías de menores ingresos podrán facturar un 100% más en relación a un año atrás”. El incremento en la escala de monotributo, está por encima de las variaciones de precios en el mismo período, explicaron.

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Los contribuyentes al monotributo deberán realizar la recategorización. Fuente: (Diario de Cuyo).

Otro componente importante, según contaron desde el Organismo Impositivo, es que se mantiene la bonificación del componente impositivo para los monotributistas A y B, siempre que la totalidad de sus ingresos provenga de la facturación mensual, es decir que no tengan un trabajo en relación de dependencia o perciban una jubilación.

Los monotributistas que no estén comprendidos en la recategorización, deberán hacer efectivo el pago del compromiso mensual, hasta el 20 de enero de 2023. Para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses, respecto a la facturación o alguno de los parámetros como la superficie afectada, alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

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Hasta el 20 de enero hay plazo para realizar el trámite. Fuente: (iProfesional).

Finalmente explicaron que aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría, no deben efectuar ninguna acción. Además si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el monotributo, no corresponde hacer la recategorización.