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VOLVER AL TRABAJO

El Gobierno confirmó el monto de Volver al Trabajo para agosto

El Ministerio de Capital Humano dio a conocer si habrá o no aumento para el nuevo Potenciar Trabajo.

Claudia Rodríguez
Claudia Rodríguez
Volver al Trabajo es impulsado por el Ministerio de Capital Humano. Fuente: (X)
Volver al Trabajo es impulsado por el Ministerio de Capital Humano. Fuente: (X)
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El programa exige una actualización de datos.

El Gobierno, a través del Ministerio de Capital Humano, dio a conocer si el programa Volver al Trabajo tendrá un aumento para el mes de agosto, tal como ocurre con otras prestaciones sociales.

Volver al Trabajo y Acompañamiento Social, son los programas que sustituyen al antiguo Potenciar Trabajo, por lo que se deben cumplir varios requisitos para mantener la asistencia del Estado.

Mientras Volver al Trabajo está dirigido específicamente a aquellas personas que fueron transferidas del ex Potenciar Trabajo, con el objetivo promover competencias sociolaborales para elevar el nivel de empleabilidad;  Acompañamiento Social es para ex beneficiarios de más de 50 años o que son madres de cuatro o más hijos menores de 18 años.

Ambos, son compatibles con la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo (AUE) de la ANSES, pero en cada iniciativa se deben cumplir algunos requisitos.

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Pettovello no aumentó el valor de la prestación.

En relación al monto que se pagará a los beneficiarios durante agosto, el Gobierno confirmó que por ahora no tiene previsto realizar aumentos, por lo que la cifra continuará en $78.000.

El Ministerio de Capital Humano aclaró que el traspaso a los nuevos programas es automático, por lo que no se requiere realizar trámites adicionales para cobrar. Sin embargo, los titulares de Acompañamiento Social deben actualizar sus datos personales a través del enlace proporcionado por el Ministerio. 

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El programa promueve la vinculación laboral.

Por otro lado, los beneficiarios de Volver al Trabajo deberán inscribirse en el portal de empleo y realizar actividades como contraprestación por el pago del programa como requisito.

Qué actividades se pueden realizar

Para mantener la asistencia, los beneficiarios del programa pueden realizar actividades como: 

  • Servicios de orientación laboral y asistencia en la búsqueda de empleo.

  • Servicios de intermediación laboral.

  • Servicios de capacitación laboral y certificación de competencias laborales.

  • Prácticas formativas en ambientes de trabajo.

  • Acciones de promoción para la inserción en el trabajo asalariado registrado y en el trabajo independiente y autogestionado.

  • Fortalecimiento de unidades productivas autogestionadas en forma individual, asociativa o familiar.

  • Terminalidad Educativa o programas con objeto análogo para el desarrollo de competencias básicas.