El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires busca que los jubilados tengan una recomposición de sus ingresos, eximiéndolos del pago del impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL).
Para quedar exentos del pago, los jubilados deben cumplir con algunos requisitos y condiciones, de acuerdo al código fiscal vigente. Con la medida, el Gobierno porteño pretende mejorar la calidad de vida de este grupo.

La exención del impuesto ABL estará disponible para los jubilados y pensionados que reciban menos de 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), es decir, menos de $3.514.725. Esta medida representará una mejora del 21 % en sus haberes.
No obstante, para ello, deben cumplir con los siguientes requisitos:
Vivir en el inmueble sobre el que se tributa.
No ser titular de otros inmuebles dentro del territorio nacional.
Deben percibir un haber igual o menor al doble del salario mínimo vital y móvil, o hasta dos veces y media de la jubilación mínima, lo que resulte mayor (es decir, hasta $563.636,05).
Ser propietario, condómino o beneficiario del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia.
En relación al inmueble, la valuación no debe exceder el importe que establezca la Ley Tarifaria para el año a partir del cual se solicita la exención.

Todos los ciudadanos pagan mensualmente ABL.
En caso de cumplir con los requisitos, las personas interesadas pueden presentar una solicitud ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), para dejar de pagar el tributo.
El proceso se puede realizar de manera virtual a través de la página web del organismo o de forma presencial en cualquiera de sus oficinas, con turno previo que se puede obtener en el portal web del Gobierno de la Ciudad.

La documentación es obligatoria.
Todos los solicitantes deberán presentar la documentación obligatoria y papeles relacionados con la propiedad. En todos los casos, se deben presentar los originales y fotocopias sin excepción.
Cómo realizar el trámite
Para gestionar el trámite de exención, se debe ingresar a la web de la AGIP y buscar la opción de "Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados". Posteriormente, se deberá completar la solicitud e ingresar los datos de contacto solicitados, que incluyen:
Número de partida inmobiliaria.
Dígito verificador.
Ubicación del inmueble.
Adjuntar copia digital del DNI del beneficiario.
Adjuntar una copia digital del último recibo de haber jubilatorio o de pensión.
Señalar cuál es la condición ante la propiedad.
Adjuntar copia digital del título de la propiedad.
Adjuntar formulario de solicitud de exención.

La solicitud es gratuita.
Además, es obligatorio presentar los siguientes documentos:
Último recibo de haber jubilatorio o pensión.
Título de la propiedad, ya sea escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando corresponda.
Si es inquilino, contrato de locación vigente en el que conste la obligación de pago.
DNI actualizado del beneficiario.
Último comprobante de pago del impuesto.
Formulario "Solicitud de Exención Jubilados y/o Pensionados".
Si es usufructuario, escritura con usufructo.