El fuerte temporal que azotó a Bahía Blanca el pasado 7 de marzo no solo dejó daños materiales y pérdidas humanas, sino que también golpeó a la economía regional. Frente a este panorama complejo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una serie de medidas fiscales para brindar alivio a quienes se vieron afectados por la emergencia climática.
El objetivo de ARCA es ofrecer herramientas concretas que permitan a contribuyentes de Bahía Blanca, Ingeniero White y General Daniel Cerri afrontar con mayor flexibilidad sus compromisos tributarios. Por eso, se resolvió extender los plazos para la presentación del impuesto a las ganancias, suspender intimaciones, frenar acciones judiciales, evitar la caducidad de planes de pago vigentes y facilitar la acreditación para acceder a estos beneficios.

El fuerte temporal que azotó a Bahía Blanca también golpeó a la economía regional. Fuente: (X)
La normativa contempla distintas fechas de prórroga según el tipo de contribuyente y la terminación del CUIT. Personas jurídicas con cierres entre octubre de 2024 y febrero de 2025, personas humanas y sucesiones indivisas ya tienen un nuevo cronograma definido para cumplir con sus obligaciones. Todo esto está contemplado en la Resolución General 5671/2025, ya publicada en el Boletín Oficial.
Los beneficios alcanzan a una amplia gama de contribuyentes. Entre ellos, se destacan las MiPyMEs con certificado vigente; personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas como pequeños contribuyentes en el sistema de ARCA; asociaciones, fundaciones, mutuales, cooperativas, organismos públicos, universidades, e incluso entidades del sector salud. También se suman algunas empresas medianas que cumplan ciertos requisitos fijados por la normativa.

La normativa contempla distintas fechas de prórroga según el tipo de contribuyente. Fuente: (X)
Para personas jurídicas con cierres de ejercicio entre octubre de 2024 y febrero de 2025, los vencimientos son para CUIT terminados en 0, 1, 2 o 3, hasta el 13 de agosto de 2025; para CUIT terminados en 4, 5 o 6, hasta el 14 de agosto de 2025; y para CUIT terminados en 7, 8 o 9, hasta el 18 de agosto de 2025.
Para personas humanas y sucesiones indivisas, correspondiente al período fiscal 2024, los vencimientos son para CUIT terminados en 0, 1, 2 o 3, hasta el 15 de septiembre de 2025; para CUIT terminados en 4, 5 o 6, hasta el 16 de septiembre de 2025; y para CUIT terminados en 7, 8 o 9, hasta el 17 de septiembre de 2025.

Los beneficios alcanzan a una amplia gama de contribuyentes. Fuente: (X)
Para acceder a estos beneficios, los contribuyentes deberán estar correctamente registrados con el código de emergencia asignado por ARCA. En caso de no contar con esa caracterización, existe la posibilidad de realizar el trámite de manera digital hasta el 30 de mayo, siempre que se pueda demostrar que al menos el 70 % de los ingresos brutos del último año provienen de actividades desarrolladas en las zonas afectadas.
Una vez enviada la solicitud, el juez administrativo interviniente tiene un plazo de 20 días corridos para resolver. La vigencia de estos beneficios se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025, dando un margen de tiempo para que los contribuyentes puedan reorganizar sus finanzas.