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ARCA: así quedarán las nuevas escalas del monotributo a partir del mes de abril 2025

El ajuste del monotributo se realiza en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor.

María Constanza Daher
María Constanza Daher
ARCA. Fuente: (X)
ARCA. Fuente: (X)

Los monotributistas ya pueden consultar las nuevas escalas y los montos actualizados de sus cuotas tras la reciente actualización de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo publicó la tabla con los límites de facturación vigentes, información que está disponible en su sitio web oficial.

El ajuste del monotributo se realiza en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Sin embargo, a diferencia de otros impuestos que se actualizan mensualmente, los cambios en las escalas del monotributo se aplican de manera semestral, siguiendo la inflación acumulada en ese período.

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Los monotributistas ya pueden consultar las nuevas escalas y los montos actualizados de sus cuotas. Fuente: (X)

Desde abril de 2025, los límites de facturación anuales por categoría quedaron establecidos de la siguiente manera:
Categoría A: $7.813.063,45
Categoría B: $11.447.046,44
Categoría C: $16.050.091,57
Categoría D: $19.926.340,10
Categoría E: $23.439.190,34
Categoría F: $29.374.695,90
Categoría G: $35.128.502,31
Categoría H: $53.298.417,30
Categoría I: $59.657.887,55
Categoría J: $68.318.880,36
Categoría K: $82.370.281,28

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El ajuste del monotributo se realiza en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor. Fuente: (X)

Estos montos determinan en qué categoría debe inscribirse cada contribuyente de acuerdo con sus ingresos anuales.

Además de los límites de facturación, ARCA también fijó los nuevos valores de las cuotas mensuales del monotributo. Estas incluyen el impuesto integrado, los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y el pago de la obra social. Los montos actualizados son:
Categoría A: $32.221,32
Categoría B: $36.679,00
Categoría C: $42.951,26
Categoría D: $55.047,33 (servicios) / $53.714,87 (bienes)
Categoría E: $77.946,73 (servicios) / $70.436,50 (bienes)
Categoría F: $98.096,95 (servicios) / $84.530,08 (bienes)
Categoría G: $149.836,63 (servicios) / $103.321,64 (bienes)
Categoría H: $340.061,68 (servicios) / $206.815,64 (bienes)
Categoría I: $626.993,55 (servicios) / $309.020,04 (bienes)
Categoría J: $759.420,03 (servicios) / $377.851,82 (bienes)
Categoría K: $1.050.323,75 (servicios) / $456.773,20 (bienes)

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Estos montos determinan en qué categoría debe inscribirse cada contribuyente. Fuente: (X)

Para evitar recategorizaciones inesperadas o posibles sanciones, es fundamental que los contribuyentes revisen su facturación y verifiquen si deben modificar su inscripción dentro del régimen.

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