A través de la Resolución 101/2026 publicada en el Boletín Oficial, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) formalizó la derogación de la tarifa social y la implementación de los Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) para el servicio de gas. Esta modificación sustancial, que comenzó a aplicarse en los ciclos de facturación desde el 1° de febrero de 2026, elimina el anterior sistema de segmentación por niveles de ingresos (N1, N2 y N3).
Bajo la nueva normativa, el Estado nacional unifica la asistencia bajo un criterio único que solo bonificará el consumo considerado indispensable, mientras que cualquier excedente por sobre ese bloque básico deberá ser abonado a precio pleno por el usuario. Esta reconfiguración técnica implica el cese de la tarifa social y sus bonificaciones automáticas previas, forzando a muchos hogares a enfrentar incrementos significativos, especialmente durante los períodos de mayor demanda estacional.

El sistema SEF reemplaza la segmentación por niveles de ingreso.
Desde el ENARGAS señalaron que la vigencia del nuevo régimen vuelve innecesario el sostenimiento de controles sobre el diferencial de precios en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), mecanismo que anteriormente cubría la brecha entre el costo reconocido a las prestadoras y el valor final cobrado a entidades de bien público que contaban con la tarifa social.
Con el esquema SEF, las empresas distribuidoras están obligadas a diferenciar con precisión los volúmenes consumidos con beneficio de aquellos que no cuentan con subsidio, aplicando el Precio Anual Uniforme (PAU) correspondiente. Para garantizar la transparencia del sistema y la bonificación por vulnerabilidad, las firmas deberán presentar declaraciones juradas mensuales sujetas a auditorías, y en caso de hallarse irregularidades, la Secretaría de Energía suspenderá la información de las mismas hasta su regularización.

ENARGAS suprimió los controles sobre diferenciales de precios en el PIST.
El nuevo modelo de asistencia estatal incluye también al gas licuado de petróleo (GLP) por redes, aunque suprime las categorías diferenciadas que existían históricamente. Para quienes percibían la asistencia tarifaria básica o formaban parte del antiguo Programa Hogar, la normativa establece un plazo límite hasta el mes de junio para realizar el traspaso obligatorio al SEF. Dicho trámite debe gestionarse exclusivamente de manera digital a través del sitio oficial de subsidios del Gobierno nacional.

Distribuidoras aplicarán el precio pleno sobre el consumo excedente mensual.
El cumplimiento de este empadronamiento es una condición indispensable para mantener el beneficio en la factura, ya que las compensaciones a las empresas productoras y distribuidoras ahora se centralizarán directamente mediante la Secretaría de Energía sobre los consumos debidamente registrados bajo la nueva metodología focalizada.