Minuto Neuquen

Chos Malal

La justicia de Neuquén autorizó a una adolescente a suprimir su apellido paterno

La supresión la ordenó un juez de Chos Malal, luego de que el padre de la joven fuera condenado a 15 años de prisión por abusar sexualmente de ella. Es la primera resolución de este tipo que se da en la provincia.

Darío Ibáñez Manzano
Darío Ibáñez Manzano
Es la primera vez que la justicia provincial dicta un fallo de este tipo. Fuente: (MPF)
Es la primera vez que la justicia provincial dicta un fallo de este tipo. Fuente: (MPF)

Un juez de garantías de la V circunscripción judicial, con asiento en la localidad de Chos Malal, resolvió autorizar a una adolescente, a suprimir de su identidad el apellido paterno, luego de que su progenitor fuera encontrado culpable de abuso sexual en contra de la joven y condenado a 15 años de prisión. El fallo se dio durante una audiencia que se realizó el lunes 1 de julio y es el primero de este tipo que se da en la provincia.

La resolución la tomó el juez de garantías, Eduardo Egea, tras imponer al imputado, R.J.A., la pena de 15 años de prisión, luego de que un jurado popular lo declaró culpable de abusar sexualmente de su hija, entre los años 2019 y 2021. En la primera parte de la audiencia para determinar la pena, el fiscal jefe, Fernando Fuentes, y la fiscal del caso, Natalia Rivera, solicitaron una condena de 19 años de prisión, mientras que la defensa, pidió una pena de 8 años.

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El fiscal jefe Fernando Fuentes. Fuente: (MPF)

El juez Eduardo Egea, consideró la multiplicidad de hechos como agravante principal, además de la extensión del daño y la perspectiva de género. Al evaluar la existencia de atenuantes, consideró válida únicamente la audiencia de antecedentes penales, explicaron. La querella institucional en el juicio, estuvo a cargo de la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente, representada por la adjunta Natalí Canaviri, quien solicitó la supresión del apellido paterno y su reemplazo por el materno.

Al fundamentar el pedido, Canaviri explicó que se buscó un eje reparador y evitar la revictimización de la adolescente teniendo que iniciar otro proceso en el cual se viera obligada a exponer nuevamente los motivos, ya ventilados en el legajo penal en contra de su progenitor, para solicitar la supresión del apellido paterno. Aseguró, además, que se respetó el interés superior de la joven, luego de demostrar que se trataba de un deseo auténtico y reflexionado y no de un simple impulso.

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La justicia resolvió autorizar la supresión del apellido paterno de la adolescente. Fuente: (MPF)

El juez de garantías hizo lugar a la necesidad de la adolescente de “empezar de nuevo y renacer luego de la situación vivida”, señalaron. El fallo del juez Egea es el primero de este tipo que se da en la provincia de Neuquén.