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JUDICIALES

Lo acusaron por un choque en el que murieron un padre y su hijo, pero le permiten manejar

El 15 de mayo, bajo una persistente llovizna, el imputado se cruzó de carril con su camioneta e impactó de frente contra el auto en el que se movilizaba una familia de Villa La Angostura. Si bien le prohibieron salir del país, el juez le permitió seguir conduciendo hasta el fin del proceso.

Marcelo Castro
Marcelo Castro
Fiscalía de Villa La Angostura. Fuente (MPF)
Fiscalía de Villa La Angostura. Fuente (MPF)

Un hombre que en mayo pasado protagonizó un choque en la Ruta 40 en la que murieron Nicolás Echeveste y su hijo Nahuel, en Villa la Angostura, fue acusado este miércoles 1 por la fiscalía. Un juez le prohibió salir del país mientras avanza la causa, pero le permitió continuar manejando.

La acusación a A.J estuvo a cargo del fiscal de Villa La Angostura, Gastón Ávila, por el choque frontal que ocurrió en el kilómetro 2080 de la Ruta 40 el 15 de mayo en el que el imputado, a bordo de una Dodge RAM invadió el carril contrario e impactó contra el Renault Logan en el que viajaban Nicolás y su hijo Samuel Echeveste de 4 años, quienes murieron como consecuencia del choque. También viajaba la pareja de Nicolás, Abigaíl Fuentes y su otro hijo de 7 años que sufrieron diversas fracturas.

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El choque ocurrió a la altura de Paso Coihue. Fuente (X)

El choque ocurrió a las siete de la tarde. A.J conducía la camioneta por la Ruta 40 a la altura del Paso Coihue desde Villa La Angostura hacia Bariloche y por una maniobra “imprudente” se cruzó al carril contrario “sin verificar que estuviera libre”, destacó el fiscal.

Según precisó Ávila, “fue el conductor de la camioneta el que, de acuerdo con una pericia accidentológica realizada por Gendarmería Nacional, es el responsable por el choque”.

Como resta la realización de una pericia sobre un teléfono celular, Ávila solicitó al juez de garantías un plazo de 3 meses para concluir la investigación. Además, el fiscal jefe pidió, con la adhesión de las querellas, que J.G no pueda salir del país -para contrarrestar un peligro de fuga- ni conducir vehículos mientras se desarrolla el proceso.

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La noche del choque caía una persistente llovizna. Fuente (X)

El hecho fue calificado de manera provisoria como homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales; en concurso ideal con lesiones culposas producidas por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas, en calidad de autor.

El juez de garantías Juan Pablo Balderrama tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y las querellas y dispuso el inicio de la investigación penal preparatoria, con un plazo de tres meses. Por otra parte, fijó la prohibición de salir del país solicitada y rechazó el pedido para imponer al imputado una prohibición para conducir vehículos. El magistrado explicó que esto último no se encuadra entre las medidas cautelares posibles, aunque sí podría ser parte de una pena tras la declaración de responsabilidad.