Los diputados provinciales del Partido Justicialista, Darío Martínez y Darío Peralta presentaron un proyecto de resolución para que el Concejo Deliberante de Plottier explique la designación de la concejala Malena Resa como presidenta y del concejal Carlos Rubén Ponce como vicepresidente primero para el período 2025. Según señalaron, la medida contradice lo dispuesto en el artículo 55° de la Ley 2163 de la Carta Orgánica Municipal.
Los legisladores argumentaron que el dictamen de la Junta Electoral Provincial, emitido el 11 de septiembre de 2023 y presidido por la jueza, María Soledad Gennari establece que las autoridades máximas del Concejo deben pertenecer al mismo partido o alianza que obtuvo la intendencia en las elecciones. En 2023 fue electo Luis Bertolini por Desarrollo Ciudadano, mientras que Resa y Ponce integran Comunidad, una colectora que no constituyó alianza electoral formal con ese partido.
Malena Resa, presidenta del Concejo Deliberante de Plottier. Fuente: (Letra P)
“El gobernador con sus concejales de Comunidad están infiriendo la ley”, afirmó Peralta. El legislador advirtió que esta situación permitiría que, en caso de acefalía, un representante de otro partido asuma la intendencia de Plottier, lo que alteraría la voluntad popular.
Los diputados señalaron que el Reglamento Interno del Concejo y el artículo 277 de la Constitución Provincial refuerzan el principio de que la presidencia debe recaer en un edil del mismo partido o alianza que el intendente. Para el PJ, el incumplimiento de esta disposición genera un antecedente riesgoso en la administración institucional de Plottier.
Darío "Pampa" Peralta. Fuente: (Neuquén Web)
“El respeto a las normas municipales y a la voluntad popular no puede ser vulnerado. La ciudadanía tiene derecho a que sus representantes actúen dentro del marco legal establecido y a que se respete la voluntad electoral”, sostuvo Peralta.
El proyecto de resolución fue ingresado a la Legislatura provincial el jueves y quedó en la Comisión de Asuntos Municipales para su tratamiento.