Juan José Canihuán y Carlos Andrés De la Vega son los dos detenidos acusados de haber asesinado a dos jóvenes en el barrio Nehuen Che de Cutral Co. Para la fiscalía, fue un doble homicidio en el contexto de la pelea de bandas antagónicas que se disputan el negocio del narcomenudeo y el control territorial para cometer otros delitos.
Este jueves 28, el fiscal jefe Gastón Liotard y el asistente Federico Cuneo les formularon cargos por el delito de doble homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, alevosía y uso de armas de fuego, en calidad de coautores. Para los acusadores, “actuaron con alevosía y premeditación”.

Gastón Liotard, fiscal jefe de Cutral Co. Fuente: (MPF)
Según la investigación policial y judicial, todo comenzó con un enfrentamiento previo entre dos grupos de jóvenes que se concentraban en diferentes viviendas del barrio. Por un lado, las víctimas, Nicolás Piovesan (16) y Junior Riquelme (18); y por el otro, los imputados Carlos De la Vega y Juan José Canihuán.
Cuneo relató que el 23 de agosto, durante la tarde, Canihuán se desplazó en un automóvil color dorado hasta la casa del grupo adversario y efectuó disparos de arma de fuego, sin causar víctimas. En represalia, Piovesan y Riquelme hicieron lo mismo, también sin herir a nadie.

Uno de los detenidos por el doble homicidio del barrio Nehuen Che. Fuente: (Cutral Co al Instante)
Tres días más tarde, el martes 26 de agosto a las dos de la madrugada, Piovesan conducía una motocicleta con Riquelme como acompañante, cuando fueron perseguidos por un auto color negro conducido por De la Vega, el que también se trasladaba Canihuán. En ese contexto, los imputados efectuaron múltiples disparos, que provocaron la muerte de ambos jóvenes. Sin poder defenderse, Piovesan recibió tres impactos en la espalda que atravesaron órganos vitales, mientras que Riquelme sufrió dos heridas de arma de fuego, una de ellas en el cuello, de carácter mortal. Luego del hecho, los acusados huyeron del lugar.
Tras escuchar a las partes, el juez Pombo tuvo por formulados los cargos por el doble homicidio, pero sin el agravante del concurso premeditado de dos o más personas, y fijó el plazo de investigación en los 4 meses. Respecto al cambio de la calificación, el juez sostuvo que, por el momento, la fiscalía no acreditó la premeditación. Además, interpretó que el requisito del acuerdo de “dos o más personas”, implica que sean “más de dos”, por lo que no correspondía aplicarlo en esta instancia.
Un antecedente
La fiscalía también acusó a De la Vega por otro intento de homicidio, cometido el 17 de agosto, hecho por el cual no había podido ser imputado anteriormente ya que se encontraba en rebeldía.
Ese hecho se desarrolló a la medianoche, cuando la víctima estaba en la vereda de su vivienda tomando bebidas alcohólicas. El asistente letrado relató que hasta ese lugar se acercó De la Vega y, a pocos metros, efectuó entre 5 y 6 disparos, 3 de los cuales impactaron en la víctima, que debió ser internada debido a la gravedad de las heridas.

Personal policial en el lugar donde fueron asesinados los dos jóvenes. Fuente: (La Voz del Neuquén)
Cuneo calificó el hecho como homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, en calidad de autor. En este caso, el juez tuvo por formulados los cargos tal como los planteó el asistente letrado.
Prisión preventiva
Debido al riesgo de fuga y de entorpecimiento del proceso, Cuneo y el fiscal jefe Liotard solicitaron al juez de garantías Ignacio Pombo la prisión preventiva para ambos imputados.
Los representantes de la fiscalía destacaron que, tras cometer el hecho, ocultaron el vehículo y las armas utilizadas, no poseen domicilio fijo ni empleo, y que además “se evidenció un intento de obstaculizar la investigación”.

El doble homicidio ocurrió en el barrio Nehuen Che. Fuente: (La Voz del Neuquén)
Como la investigación continúa y hay pericias y entrevistas a vecinos del lugar pendientes, desde el MPF se solicitó un plazo de cuatro meses de prisión preventiva, el mismo que se fijó para la etapa de investigación. El objetivo es garantizar la realización del juicio y preservar la integridad del proceso, protegiendo las declaraciones de testigos.
Justamente, la necesidad de dar protección a los testigos fue el riesgo procesal que el juez consideró determinante para optar entre una medida de coerción menos grave y la prisión preventiva. En ese sentido, avaló la medida por dos meses, tal como fue solicitada. Cumplido el plazo, la medida se podrá revisar, pero consideró que, por el momento, “la prisión domiciliaria que pidieron las defensas no sería suficiente para mitigar estos riesgos”.