Un juez de garantías de Neuquén desestimó una denuncia presentada por comunidades mapuches de Villa La Angostura contra el portal “Diario Andino” de esa localidad, por la publicación de una encuesta sobre si, en los actos oficiales, debía o no estar presente la bandera de los pueblos originarios.
El fiscal de Villa La Angostura, Adrián de Lillo, había desestimado, el 18 de julio, la presentación de José Luis Melo, Camila María Florencia Misurak, Victoria Amancay Escudero Quintriqueo, Carolina Elizabeth Quintupuray y Soledad Mariel Huenumil, en carácter de autoridades de los Lof Kinxikew, Antreao, Kintupuray y Melo, quienes plantearon que la publicación de una encuesta en la edición digital de “Diario Andino”, el 24 de junio de 2025, incurrió en el delito de incitación a la violencia contra grupos o instituciones.

Fiscal Adrián de Lillo. Fuente (MPF)
La encuesta publicada por Diario Andino preguntaba a las y los lectores si la bandera mapuche debería estar presente en los actos patrios. Y brindó como opción de respuestas: “si, en todos los actos”; “solo en algunos actos puntuales” y “no debería estar en ninguno”.
La denuncia planteó que “la encuesta discrimina y propone un trato desigual porque conceptualmente se refiere a los mapuches y su símbolo, la bandera, e interroga si se le debe dar un trato igualitario, lo que significa que el hecho de estar presente en iguales condiciones no es posible. Eso configura un trato desigual contra el grupo, esa es la finalidad de incitar o inducir a que no se debe estar”.

La encuesta preguntaba si la bandera mapuche debía o no estar presente en actos patrios. Fuente (Diario Andino)
En el texto de la desestimación, el asistente letrado Ramiro Amaya sostuvo que “incitan a la violencia colectiva, quienes estimulan a actuar contra grupos de personas o instituciones” y que “el objeto de la incitación es la comisión de delitos indeterminados”. Precisó que implica “impeler, impulsar o estimular para que se lleve a cabo una acción, que para el caso, debe ser constitutiva de violencia”.
En este contexto, afirmó que “no se desprende de la encuesta aportada por los denunciantes, que quien la haya publicado, esté compeliendo a realizar ningún acto, y no puede sustituirse el producto de la evidencia, con la apreciación subjetiva de quien se pretende damnificado”.

Juez de garantías Maximiliano Bagnat, desestimó a denuncia. Fuente (MPF)
Con este argumento, determinó que “la conducta puesta en conocimiento no encuadra en la figura penal intentada”. Estos fundamentos fueron reiterados por el fiscal De Lillo durante la audiencia del jueves 11. “Acá no hay delito”, afirmó De Lillo. “Y la verdad es que si el Ministerio Público Fiscal desestima un caso, es porque el hecho no tiene relevancia jurídico-penal “, remarcó.
Además, De Lillo puntualizó que “esta propia lectura que hace (Luis Virgilio Sánchez, el abogado de los y las denunciantes), es constitutivo de un atentado contra el derecho a la libertad de prensa”.
El juez de garantías que intervino en la audiencia, Maximiliano Bagnat, avaló la postura adoptada por el Ministerio Público Fiscal y confirmó la desestimación.