Un hombre de Villa La Angostura, a quien la Policía le secuestró un arma, cocaína y marihuana listas para su venta al narcomenudeo, fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión y al pago de una multa de 5 millones de pesos.
El Ministerio Público Fiscal informó que se trata de Jorge Oscar Tapia, quien a través de su abogado defensor llegó a un acuerdo con el fiscal Gastón Ávila y admitió su responsabilidad en el ejercicio del narcomenudeo y aceptó la pena a cumplir. El asistente Federico Sura fue quien lo presentó ante un juez de garantías.

Federico Sura, asistente fiscal de Villa La Angostura. Fuente (MPF)
De acuerdo con la acusación, el hecho ocurrió el 24 de septiembre de 2025, poco después de las siete y media de la mañana durante un allanamiento realizado en un domicilio ubicado en Villa La Angostura. En el lugar, Tapia tenía en su poder un revólver calibre 22 largo con municiones, sin la debida autorización legal, además de 36 gramos de cocaína fraccionados para la venta, una pequeña cantidad de marihuana, una balanza de precisión, elementos de fraccionamiento, anotaciones vinculadas al narcomenudeo y dinero en efectivo, junto con un comprobante de transferencias.
Los hechos fueron calificados como tenencia de arma de fuego de uso civil y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real y en carácter de autor. En el marco del acuerdo, el imputado reconoció su responsabilidad penal.

Comisaría de Villa La Angostura. Fuente (RSM)
Las partes pactaron una pena única de 4 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, que surge de la unificación con una condena anterior de ejecución condicional dictada en 2022. Además, se impuso una multa de 5 millones de pesos, el decomiso de todos los elementos secuestrados y el pago de costas del proceso.
El juez de garantías Maximiliano Bagnat homologó el acuerdo presentado por las partes. Asimismo, por pedido de la fiscalía dispuso la prórroga de la prisión preventiva hasta el 18 de febrero de 2026, plazo estimado para que la sentencia quede firme, y ordenó oficiar para que el cumplimiento de la pena se realice dentro de la IV Circunscripción Judicial, sujeto a la disponibilidad de cupos y a condiciones de detención adecuadas.