Minuto Neuquen

Conflicto territorial

Villa La Angostura: el TSJ rechazó un planteo mapuche y avanza el desalojo del camping

La justicia neuquina consideró inadmisibles los recursos de la comunidad Paicil Antriao que administra el predio desde 2011. A pesar de la queja ante la Corte Suprema, la medida podría concretarse en los próximos días.

Marcelo Castro
Marcelo Castro
Acceso al camping Correntoso, bao administración de la comunidad mapuche Paicil Antriao desde 2011. Fuente (Facebook)
Acceso al camping Correntoso, bao administración de la comunidad mapuche Paicil Antriao desde 2011. Fuente (Facebook)

El Tribunal Superior de Justicia rechazó un planteo dela comunidad mapuche Paicil Antriao de Villa La Angostura y dejó en manos del  juez civil Francisco Astoul Bonorino, el desalojo del camping sobre el lago Correntoso, administrado desde 2011 por esa comunidad.

El máximo tribunal provincial declaró inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por la comunidad Paicil Antriao en el expediente iniciado por la municipalidad de Villa La Angostura. En ambos escritos rechazaban el envío del expediente de ejecución a Bonorino, a quien han considerado que carece de imparcialidad. Uno era de Nulidad Extraordinaria y el otro de Inaplicabilidad de la Ley.

Obra de saneamiento en Tricao Malal. Fuente_ (Neuquén Informa)

La municipalidad de Villa La Angostura reclama el desalojo de la comunidad mapuche y la restitución de esas tierras a orillas del lago Correntoso. Fuente (Facebook) 

Representada por el abogado Luis Virgilio Sánchez, la comunidad Paicil Antriao no interpuso los recursos en contra de la cuestión de fondo –que es el reclamo de la municipalidad de Villa La Angostura de restitución de ese predio-, sino contra la competencia del juez que podrá ejecutar la sentencia.

En ese contexto, la defensa señaló que el traslado del expediente desde el Juzgado de Junín de los Andes vulneraba la garantía del juez natural, alteraba la competencia sin el procedimiento previsto en el Código Procesal y configuraba un caso de gravedad institucional. Para ello invocó el Convenio 169 de la OIT y fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Fiesta de la Manzana

Francisco Astoul Bonorino, juez civil de Villa La Angostura. Fuente (Jusneuquen)

Pero en su Resolución Interlocutoria número 8 el TSJ afirmó que la resolución impugnada no constituye una sentencia definitiva, ya que no pone fin al proceso ni impide su continuidad. Además, consideró que no se acreditó la gravedad institucional alegada y afirmó que el juez natural del caso es el de Villa La Angostura.

Por otra parte también señaló que el recurso carecía de fundamentación técnica suficiente y que no cumplía con los requisitos formales exigidos por la Ley 1406 para habilitar la instancia extraordinaria.

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Luis Virgilio Sánchez, abogado de la comunidad, anunció que se presentará ante la CSJN. Fuente (Facebook)

Con la reciente decisión, el expediente deberá regresar al juzgado de primera instancia en Villa La Angostura, situación que deja formalmente habilitada la posibilidad de avanzar con la ejecución del desalojo.

El abogado Sánchez anunció que presentará un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya que el expediente principal ya se encuentra bajo análisis del máximo tribunal nacional mediante una queja, aunque ese recurso no suspende automáticamente la ejecución de la sentencia. Es decir, el desalojo podría concretarse mientras se tramita la instancia federal.