Federico Norberto “El Gordo” Abello fue sentenciado a 11 años y 8 meses de prisión por haber asesinado de un disparo a Francisco Alexis Basualdo Millacán, durante una fallida transacción de drogas en el barrio Villa Ceferino de Neuquén. La condena incluye una causa previa por tenencia ilegal de arma de fuego. La fiscalía había solicitado una pena de 15 años de cárcel.
El tribunal, integrado por Raúl Aufranc, Marco Lupica Cristo y Andrés Repetto, había declarado culpable a Abello días atrás. El crimen narco ocurrió la noche del 12 de enero de 2025 en el barrio Villa Ceferino de la ciudad de Neuquén. Según la acusación sostenida por la fiscalía durante el juicio, Basualdo Millacán fue hasta el domicilio de Abello para comprar drogas. Allí comenzó una discusión que continuó en el exterior de la vivienda.

Audiencia de lectura de sentencia. Fuente (Jusneuquen)
En ese contexto, Abello efectuó tres disparos con una pistola calibre 9 milímetros: el primero no salió del arma, otro no impactó en la víctima y el tercero ingresó en el tórax de Basualdo Millacán, lo que le provocó la muerte en el lugar. Tras el ataque, Abello reingresó brevemente a su casa y luego se retiró junto a su pareja en un automóvil.
Durante el juicio también se analizó un hecho previo de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil ocurrido en 2024. En un allanamiento realizado en el domicilio del acusado, la policía encontró un arma oculta debajo del asiento de su vehículo, sin que contara con autorización legal para poseerla.

Federico Abello, condenado como autor de un homicidio narco. Fuente: (Matías Subat)
Al momento de debatir la pena, la fiscal Lucrecia Sola solicitó 15 años de prisión, el máximo que podía requerirse en este tipo de juicio ante un tribunal de tres jueces.
La fiscal pidió al tribunal que considerara como agravante que, al momento del crimen, el condenado cumplía una suspensión de juicio a prueba por el delito de tenencia de arma, y que el homicidio fue cometido justamente con un arma de fuego, entre otros aspectos vinculados con el contexto en el que ocurrió el hecho.

Lucrecia Sola, fiscal de Homicidios. Fuente (MPF)
La defensa solicitó, en cambio, el mínimo de la escala penal, fijado en 10 años y 8 meses de prisión. Al fijar la pena, el tribunal descartó como agravante que el crimen narco se hubiera cometido mientras el acusado estaba bajo una suspensión de juicio a prueba, como había propuesto la fiscal.
Los jueces elevaron la pena un año por encima del mínimo al considerar dos factores: el daño causado a la familia de la víctima y el hecho de que los disparos se realizaron en la vía pública, poniendo en riesgo a otras personas que circulaban por el lugar. A favor de Abello, los jueces valoraron la falta de antecedentes penales y su situación familiar, ya que es padre soltero de cuatro hijos.