Llegan las fiestas de fin de año y muchos trabajadores estatales se preguntan cuándo serán sus días de asueto.
Este jueves, la gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, definió a través del Decreto 1577 cuáles serán los días de descanso para los empleados y empleadas de la administración pública. Según la resolución, los días 24 y 31 de diciembre habrá asueto para los estatales rionegrinos.

Arabela Carreras, gobernadora de Río Negro.
Desde el Ejecutivo provincial, explicaron que el asueto “busca facilitar la oportunidad de que todos los rionegrinos y rionegrinas tengan la posibilidad de celebrar la Navidad y el Año Nuevo junto a sus familias”.
El decreto invita a los demás poderes del Estado y municipios a adherirse a la norma y dispone que los organismos que presten servicios esenciales instrumenten durante los días festivos las medidas necesarias para garantizar su continuidad.

Gracias a la mejor situación epidemiológica en la provincia y el país, las familias y amigos podrán celebrar las fiestas de manera presencial.
Receso general
Además del asueto, la mandataria firmó hoy el Decreto 1578 que dispone que el receso general de la Administración Pública Provincial se realice entre el 1º y el 30 de enero de 2022, periodo en el que se ejecutarán las licencias anuales por vacaciones del personal.
La normativa establece que dichas licencias deberán ser acordadas durante el periodo establecido, con carácter obligatorio y que, en caso de que superen ese plazo, podrán “ser otorgadas en el periodo que determine el titular de cada jurisdicción, preferentemente antes del 15 de marzo de 2022”.

Casa de Gobierno de Río Negro.
En cuanto a los empleados o empleadas que ya hicieron uso de su licencia anual ordinaria, tendrán que cumplir con sus tareas y horarios habituales. Por su parte, a quienes les correspondan menos días de licencia que los del receso deberán reintegrarse a sus funciones.
Por último, el Ejecutivo definió que “durante el período establecido para el receso quedan suspendidos los plazos legales administrativos, que se reiniciarán de pleno derecho a su finalización”, aunque “podrán exceptuarse los organismos que así lo estimen, por resolución expresa de su titular”.