El Gobierno tuvo que dar marcha atrás con los artículos del DNU en los que se modificaban las recetas médicas y la venta de medicamentos por fuera de las farmacias, tras un reclamo de las cámaras empresariales del sector.
Si bien los médicos están obligados a recetar con el nombre genérico de los remedios, con la modificación del mega decreto, podrán sugerir marcas comerciales de los medicamentos.

El sector había mostrado su rechazo por el DNU.
Sin embargo, el paciente podrá sustituir los medicamentos “por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades que el prescripto", según refirió el Gobierno.
Asimismo, argumentaron: “Estas medidas disponen el principio rector de facilitar la utilización de genéricos, las condiciones que facultan a los profesionales a prescribir especialidades medicinales bajo un sistema electrónico, así como para la comercialización de aquellas de venta libre fuera de farmacias, y el despacho de recetas por parte de las droguerías habilitadas”.

Los médicos podrán recomendar un laboratorio en particular.
De igual manera, la nueva norma establece que “en los establecimientos que no estén habilitados como farmacias la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos”.
Este era uno de los principales reclamos de las farmacias, las cuales aseguraron que la medida constituía un riesgo para la salud y llevaba “a la destrucción de la profesión farmacéutica”.

El Gobierno estableció condiciones para la venta de medicamentos por fuera de las farmacias.
En este sentido, el nuevo decreto aclara: "El farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades medicinales que requieren recetas, como así para su sustitución".
Otros cambios
El Gobierno estableció un cambio en las recetas de los remedios, las cuales “deberán disponerse exclusivamente de forma digital a partir del 1 de julio de 2024, para facilitar la trazabilidad de estas gestiones”.

En julio todas las recetas deberán ser digitales.
“Todas las prescripciones médicas, incluyendo la prescripción y dispensación de medicamentos, deberán realizarse exclusivamente a través de recetas digitales confeccionadas y firmadas en plataformas electrónicas autorizadas”, detallaron.
En tanto, otra modificación del DNU era que se habilitaba a las droguerías a vender fármacos directamente al público. Ahora, esa alternativa quedó estipulada solo para recetas en las que se prescriban drogas oncológicas o para tratamientos especiales listados por la autoridad de aplicación.