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SALUD

El Gobierno dispuso una nueva medida que impacta en la importación de productos médicos

A partir de ahora, se permitirá el ingreso de insumos que tengan al menos seis meses de vida útil antes de su vencimiento.

María Constanza Daher
María Constanza Daher
Productos médicos. Fuente: (X)
Productos médicos. Fuente: (X)

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) implementó una nueva medida que modifica los requisitos para la importación de productos médicos al país. A partir de ahora, se permitirá el ingreso de estos insumos siempre que tengan al menos seis meses de vida útil antes de su vencimiento, en lugar de los doce meses exigidos anteriormente.

La norma, publicada en el Boletín Oficial, no se aplica a medicamentos, sino a productos médicos como gasas, guantes, jeringas, vendas, agujas, mascarillas y otros elementos utilizados en hospitales y centros de salud. Reducir el plazo mínimo de vencimiento habilita una mayor cantidad de productos a ser importados, lo que podría aliviar tensiones en el abastecimiento.

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ANMAT implementó una nueva medida que modifica los requisitos para la importación de productos médicos al país. Fuente: (X)

Según explicaron desde el entorno regulatorio, el objetivo de esta flexibilización es ampliar la oferta sin comprometer la seguridad ni la eficacia de los productos médicos que ingresan al país. También se busca reducir costos y tiempos de gestión, eliminando permisos especiales que antes eran necesarios cuando los productos tenían menos de un año de vida útil.

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La norma no se aplica a medicamentos, sino a productos médicos. Fuente: (X)

“Los productos médicos importados y sus accesorios no podrán ingresar al país cuando su fecha de vencimiento sea inferior a seis meses. Estos productos y sus accesorios y con vida útil aprobada por el Instituto Nacional de Productos Médicos menor o igual a seis meses, quedarán exceptuados de los alcances de la presente disposición siempre que no se encuentren vencidos al momento de su ingreso al país”, expresan los dos primeros artículos de la medida.

Además, la disposición aclara que los productos médicos estériles que se importen o fabriquen en el país no podrán ser reutilizados ni reesterilizados. Esto garantiza que los insumos mantengan sus condiciones sanitarias originales y evita posibles riesgos durante su uso.

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Los productos médicos importados no podrán ingresar al país cuando su fecha de vencimiento sea inferior a seis meses. Fuente: (X)

La disposición, firmada por la titular de la ANMAT, Nélida Agustina Bisio, precisa: “Los productos médicos estériles que se importen y/o fabriquen en el país, destinados a un único uso, no podrán ser reesterilizados, ni reutilizados, ni sus envases originales, alterados o cambiados”.