El Gobierno oficializó esta semana una nueva disposición que marca un cambio profundo en los requisitos para el ingreso al país de productos médicos de uso personal sin receta. A partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Disposición 2857/2025, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dejó de intervenir en los trámites de importación para insumos como sillas de ruedas, bastones, tensiómetros o almohadillas eléctricas, siempre que se adquieran para uso propio.
Esto significa que a partir de la decisión del ente nacional, cualquier persona podrá adquirir desde el exterior insumos médicos simples, como muñequeras o bandas elásticas, del mismo modo en que se realiza una compra internacional estándar. La única salvedad que marca la ANMAT es que quedará expresamente prohibido cualquier intento de comercialización, reventa o distribución gratuita.
Entre los productos habilitados se destacan también nebulizadores, andadores, coderas, medidores de presión y ciertos modelos de jeringas y catéteres. Además, informaron que se elaborará una guía oficial que se actualizará periódicamente en su sitio web, con un listado detallado de los insumos que califican dentro de esta categoría buscando orientar a los usuarios sobre qué puede ingresarse sin barreras regulatorias, aunque bajo estricta responsabilidad individual, aunque no tendrán en cuenta medicamentos o dispositivos que requieran prescripción.

Los medicamentos estarán exentos.
Esta flexibilización llegó días después de otro cambio clave en el mismo rubro: la reducción del plazo mínimo de vencimiento para insumos médicos que ingresen al país. Mediante la Disposición 2565/2025, se bajó de doce a seis meses la exigencia de caducidad desde el ingreso al país para productos como prótesis, agujas y jeringas.
Así, el Gobierno Nacional busca agilizar la compra y acceso a dispositivos médicos de baja complejidad dejando de lado a la ANMAT y presentando un alivio para aquellos que utilicen regularmente insumos en su vida cotidiana y hasta ahora afrontaban permanentemente trabas burocráticas que complicaban el proceso de importación.

Ahora será mucho más sencillo importar estos elementos.
La ANMAT prohibió la venta de aceites de oliva, miel y productos capilares
En el Boletín Oficial difundido este lunes, la ANMAT también confirmó que se prohíben las ventas de algunos productos como miel de abejas, productos capilares, equipos de depilación láser y aceite de oliva debido a que no cumplen con los requisitos médicos instalados en el país.
Los principales elementos prohibidos son de la marca de belleza "Mykonos", así también se eliminó la venta de un aceite de oliva de la marca "El Riojanito" y otra de la marca "AO". Finalmente, también se decidió prohibir el uso, comercialización y distribución del equipo de depilación láser "Alma - Soprano Titanium".