Minuto Neuquen

JAVIER MILEI

La Justicia declaró inconstitucional el decreto contra el derecho a huelga que impulsó Javier Milei

De esta manera, Javier Milei perdió ante el recurso de la CGT sobre el derecho a huelga.

Cristian Brossy
Cristian Brossy
Derecho a huelga. Fuente: (X)
Derecho a huelga. Fuente: (X)

El derecho a huelga ha sido uno de los puntos en los que más trabajó el Gobierno Nacional desde que asumió y hasta llegó a publicar un decreto para trazar un límite a lo que se puede hacer con el fin de protestar. Sin embargo, la Confederación General de Trabajo (CGT) y la Justicia le dieron un fuerte revés en las últimas horas.

Un fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 marcó un final al uso del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025, al declarar la invalidez constitucional de sus artículos 2 y 3. La jueza Moira Fullana dio lugar a una acción de amparo presentada por la central gremial, al considerar que el decreto afecta el derecho a huelga y la libertad sindical, protegidos por la Constitución Nacional y convenios internacionales.

La decisión judicial subraya que el Ejecutivo no justificó la urgencia requerida para emitir un DNU en un contexto donde el Congreso estaba en pleno funcionamiento. Según la magistrada, el Gobierno no presentó argumentos suficientes para evitar el debate legislativo ni acreditó que existieran circunstancias excepcionales que ameritaran ese camino. Además, remarcó que los considerandos del decreto no especifican razones ineludibles que impidieran seguir el procedimiento parlamentario.

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El derecho a huelga ha sido de los más reclamados por la sociedad.

El artículo 2 del DNU definía como servicio esencial a la navegación por aguas marítimas y fluviales para transporte y operaciones offshore provocando que no puedan realizar paros completos. Mientras tanto, el artículo 3 modificaba el artículo 24 de la Ley 25.877, ampliando las actividades esenciales y restringiendo el derecho a huelga. Se establecían obligaciones como mantener entre un 50 % y un 75 % de servicios durante medidas de fuerza, lo que, según el fallo, constituye una intromisión del Ejecutivo en funciones propias del Legislativo.

La jueza Fullana también observó que el Congreso no trató ni dictaminó sobre el decreto, como exige la Ley 26.122. En este sentido, advirtió que la falta de pronunciamiento no puede interpretarse como una aprobación tácita, sino como "un refuerzo de la invalidez del decreto por omisión de los pasos constitucionales requeridos". El fallo impone las costas al Estado Nacional y fija honorarios para los abogados intervinientes por más de cinco millones de pesos.

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La jueza Fullana es caracterizada como "ultra-kirchnerista" por el Gobierno Nacional.

 

La Justicia ordenó que el Gobierno Nacional repare las rutas

La Justicia Federal de Formosa hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Fundación Padres Unidos por el Dolor, el Defensor del Pueblo y organizaciones del transporte, ordenando a Vialidad Nacional reparar en 90 días las rutas 11, 81, 86 y 95, en estado crítico. La resolución incluye trabajos urgentes en tramos deteriorados y en el Puente Blanco, cuya estructura representa un riesgo vial.

Los demandantes denuncian que el abandono de estas rutas por parte del Gobierno Nacional pone en peligro derechos fundamentales como la vida, el trabajo y la seguridad. Señalan que el ajuste económico de Javier Milei ignora la urgencia de mantener caminos seguros, pese a los reiterados pedidos y a los accidentes fatales registrados.