Un tribunal de Neuquén consideró que hubo irregularidades en la entrevista en Cámara Gesell que se le tomó a una niña y absolvió al padre, acusado de haberla abusado sexualmente. “Se hizo sin ajustarse al protocolo de intervención” y se le formularon “preguntas indicativas e inquisitivas”, cuestionaron los integrantes del tribunal del juicio.
El acusado fue identificado como F.E.F y terminó absuelto de los delitos de abuso sexual simple agravado por el vínculo y la guarda en perjuicio de su hija menor de edad. Los hechos investigados habrían tenido lugar entre marzo de 2021 y septiembre de 2022 en la ciudad de Neuquén.

La defensa pública cuestionó la manera en la que se concretó la Cámara Gesell. Fuente (MPD)
La información fue difundida por la página del Ministerio Público de la Defensa que consignó que tanto la fiscalía como la querella presentaron en el juicio “pruebas basadas en el testimonio de la madre de la menor y en la entrevista en Cámara Gesell a la niña”.
Juan Pablo Piombo, defensor público, argumentó que “hubo inconsistencias en los testimonios, defectos en la entrevista de la niña y falta de pruebas científicas concluyentes”. Y agregó: “se probó a lo largo del juicio que el hecho delictivo imputado no sucedió”, porque, según la acusación, el tocamiento ocurrió en la casa de su defendido el 8 de septiembre de 2022 y F.E.F. no estuvo en la casa ese día. Además, subrayó contradicciones entre los testigos sobre el lugar y modo de los hechos.
Le dedicó un párrafo importante a lo ocurrido en la Cámara Gesell. La entrevista “fue defectuosa, con preguntas sugestivas e indicativas por parte de la psicóloga”. También destacó que “las lesiones encontradas en la niña no podían atribuirse de manera inequívoca a un abuso sexual, según el informe de la médica forense". En su informe, la médica explicó que las lesiones pueden deberse a otras causas, “compatibles con maniobras de tocamiento, pero también con alguna infección”.

El juez Juan Ignacio Guaita, autor del voto rector. Fuente (X)
El voto del juez Juan Ignacio Guaita -al que adhirieron las dos juezas Carina Álvarez y Estefanía Sauli- señaló que hubo falta de pruebas contundentes y contradicciones en los testimonios aportados por las partes acusadoras que llevaron a que "no se alcanzara el estándar probatorio necesario para condenar, más allá de toda duda razonable".
La sentencia enfatiza que, según la acusación, los hechos habrían ocurrido "aproximadamente entre el 1 de marzo del año 2021 y el 7 de septiembre del año 2022, es decir en un rango de un año y medio, sin producir una sola prueba más allá de las del hecho del 7 de septiembre del 2022". Durante el juicio se probó que F.E.F. estuvo con su hija, su expareja y los hijos de ella en un shopping de la ciudad y en una plaza.

Ministerio Público de la Defensa de Neuquén. Fuente (MPD)
El tribunal consideró que se identificaron problemas metodológicos en la entrevista a la niña, como preguntas sugestivas e indicativas que no respetaron el protocolo establecido. El juez y las juezas coincidieron con la defensa en que la entrevista no cumplió con el protocolo de Cámara Gesell. Observaron falta de espontaneidad en las respuestas de la niña y una influencia marcada por las preguntas realizadas por la psicóloga. "Nos encontramos con el relato de una menor que fue obtenido defectuosamente y de forma irregular a las prácticas que el protocolo de Cámara Gesell impone, además de no revestir la consistencia interna ni completitud que pretende atribuir la acusación", destacaron.