Un tribunal dio a conocer este lunes 30 el veredicto condenatorio para el cabo de la Policía Juan Antonio Erice, quien en febrero de 2024 le disparó por la espalda y sin aviso previo a un joven que intentó robar una moto en el barrio Santa Genoveva. Para los jueces no hubo un error ni accidente sino una “acción deliberada” en su accionar y en el posterior ocultamiento de prueba.
Este mediodía, el tribunal integrado por Lucas Yancarelli, Marco Lupica Cristo y Natalia Pelosso resolvió declarar responsable al cabo de la policía provincial Juan Antonio Erice por el delito de lesiones gravísimas doblemente agravadas por su condición de funcionario policial y por el uso de arma de fuego.

El hecho ocurrió en febrero de 2024 cerca de las dos de la madrugada cuando la víctima, junto a otra persona, fue sorprendida cuando intentaban sustraer una moto de un domicilio en el barrio Santa Genoveva. Cuando escapaban en una moto, el cabo Erice -que prestaba servicios en la comisaría Primera- efectuó un disparo que impactó en la espalda de la víctima provocándole una herida por la que debió ser intervenido quirúrgicamente para extirparle el bazo.
Los jueces destacaron que los testimonios y registros fílmicos evidenciaron que “el agente policial actuó sin que haya amenaza concreta contra sí ni contra otra persona”; también que “no se trató de un accidente ni de un error, sino que hubo una acción deliberada por parte de una persona con experiencia y entrenamiento suficiente como para conocer el posible resultado de su accionar”.

El cabo Erice disparó con su pistola 9 milímetros y ocultó la vaina servida. Fuente (X).
En otro párrafo del veredicto, los jueces destacaron que “el ocultar la vaina servida y no informar la utilización del arma de fuego, son elementos que también indican la conciencia de haber cometido un ilícito y que sumados al resto de la prueba acentúan la intención de disparar contra la víctima”.
Por último recordaron que “vivimos en un Estado de Derecho que tiene como objeto evitar arbitrariedades por parte del Estado y que lo que se juzga aquí es el accionar de un funcionario y no de la Institución Policial”.

Sector de salas de audiencias de la Ciudad Judicial. Fuente (MPF).
En una próxima audiencia el mismo tribunal determinará la pena que le corresponderá cumplir al imputado.
El otro efectivo policial que intervino en el procedimiento, el sargento Leandro Arroyo, reconoció su participación en el hecho, fue condenado por encubrimiento y aceptó cumplir 3 años de prisión de ejecución condicional.