Minuto Neuquen

HÁBEAS DATA

Condenan a una editorial porteña que le debitaba dinero de la cuenta de una jubilada sin consentimiento

La mujer, domiciliada en San Martín de los Andes, sufrió débitos de su cuenta por 100 mil pesos. Fue a la Justicia y un magistrado ordenó a la editorial El Talar S.R.L. a que entregue todos los datos que tenga de la víctima.

Marcelo Castro
Marcelo Castro
Sucursal San Martín de los Andes del Banco Provincia de Neuquén. Fuente (RSM)
Sucursal San Martín de los Andes del Banco Provincia de Neuquén. Fuente (RSM)

Un juez civil de Neuquén condenó a una empresa editorial porteña por haber efectuado débitos bancarios de la cuenta de una jubilada sin su consentimiento. En el fallo, el juez Santiago Montórfano ordenó a la editorial a informar todos los datos que posea de la mujer.

Se trata de una mujer domiciliada en San Martín de los Andes que, al detectar menos fondos de los que recibe regularmente como haberes previsionales, solicitó al Banco Provincia de Neuquén un extracto de movimientos y constató que la empresa Editorial El Talar S.R.L. había realizado una serie de débitos directos. La firma cuestionada se dedica a la edición y distribución de libros.

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Santiago Montórfano, juez Civil de Neuquén. Fuente (NoticiaDetalle).

De acuerdo a la acción de habeas data iniciada, manifestó que no había adherido a ningún servicio o autorizado cobros de los mismos. Entre los débitos realizados de su cuenta, el 3 de abril de 2024 se registraron 14 consecutivos por un total de 100 mil pesos.

La resolución del titular del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería 2 de la IV Circunscripción, condenó a la editorial El Talar S.R.L. con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires a entregar todos los datos incluidos en sus registros, debiendo especificar contenido, origen, usos concretos para los que fueron utilizados y finalidad para la cual se almacenaron, bajo apercibimiento de imponer sanciones económicas.

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Sede del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén. Fuente (X).

Asimismo, el pronunciamiento critica la falta de respuesta de la firma demandada y sostiene que si bien “los hechos relatados deben ser verosímiles y su ocurrencia lucir razonable”, también es cierto que “el silencio de la parte demandada puede considerarse como presunción de veracidad” de aquellos.

La acción de habeas data es un instrumento previsto en la Constitución Nacional y en la provincial y tiene por objeto la protección de datos personales para que no sean utilizados sin consentimiento.