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Ley de Etiquetado Frontal: el detalle de la reglamentación

La normativa fue oficializada, tras su publicación en el Boletín Oficial.

Lucila Calvo Basualdo
Lucila Calvo Basualdo
La Ley de Etiquetado Frontal se implementará en dos etapas. Fuente: (Twitter)
La Ley de Etiquetado Frontal se implementará en dos etapas. Fuente: (Twitter)

El Poder Ejecutivo dio a conocer, a través del Boletín Oficial, el detalle de la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, mejor conocida como Ley de Etiquetado Frontal. De esta manera, oficializó la puesta en marcha de la disposición, que tiene como fin advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares.

De acuerdo con lo establecido en la normativa, la Ley de Etiquetado Frontal se implementará en dos períodos y se hará según las particularidades de los alimentos. En la primera etapa, dentro de los 9 meses, desde la fecha de entrada en vigencia de la norma, y 15 meses para las Pymes (Pequeñas y Medianas Empresas).

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La Ley de Etiquetado Frontal fue sancionada el 26 de octubre del año pasado.

En segunda instancia, la Ley de Etiquetado Frontal se implementará en un plazo no mayor a los 18 meses y de 24 meses para las Pymes.

Cabe destacar que la reglamentación fue aprobada a través del decreto 151/2022 y cuenta con las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros de Salud, Carla Vizzotti, y de Agricultura, Ganadería y Pesca, Julián Domínguez.

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 Carla Vizzotti, ministra de Salud.

 

El detalle de la normativa

La Ley de Etiquetado Frontal tiene el objetivo de que la población cuente con información, respecto de los productos que consume, a través de un etiquetado. En este se advertirá cuando un artículo tenga “exceso en azúcares", "exceso en sodio", "en grasas saturadas", "exceso en grasas totales" y/o "en calorías", conforme a los valores propuestos por la OPS.

Asimismo, se establece que aquellos alimentos no pueden tener publicidad comercial, como los dirigidos a niños y adolescentes, ni ser vendidos en entornos comerciales.

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La Anmat será la encargada de fiscalizar la publicidad y la promoción de alimentos y bebidas.

Según el decreto, “la alimentación saludable es aquella que basada en criterios de equilibrio y variedad, y de acuerdo con las pautas culturales de la población, aporta una cantidad suficiente de nutrientes esenciales y limitada en aquellos nutrientes cuya ingesta en exceso es factor de riesgo de enfermedades crónicas no transmisibles”.

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 El objetivo de esta normativa es contribuir a hábitos de alimentación saludable.

Además, se explica que “la prevención de la malnutrición implica, entre otras medidas, la advertencia sobre los excesos de nutrientes críticos como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías en alimentos envasados y bebidas analcohólicas, a partir de información clara, oportuna y veraz”.