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Reforma laboral: la Justicia suspendió artículos clave tras un pedido de la CGT

El fallo judicial frena cambios en las indemnizaciones y aportes

Patricia Daza
Patricia Daza
Reforma laboral. Fuente: (Instagram)
Reforma laboral. Fuente: (Instagram)

En una serie de resoluciones que marcan un fuerte freno jurídico, la justicia nacional y federal dispuso, mediante un fallo, la suspensión provisoria de varios ejes centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley 27.802. La decisión más reciente fue adoptada por el juez Raúl Ojeda, titular de un juzgado nacional del Trabajo, quien hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la CGT.

La central obrera argumentó que las modificaciones introducidas afectan de manera permanente los derechos individuales y colectivos, vulnerando garantías constitucionales como la libertad sindical, la protección del trabajo y el principio de progresividad. Según el magistrado, existe una apariencia razonable del derecho invocado por el gremio, lo que justifica preservar la situación actual para evitar perjuicios irreparables mientras se resuelve la cuestión de fondo sobre la inconstitucionalidad.

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La Cámara del Trabajo dictó la cautelar a favor de los gremios.

A este escenario se sumó la sentencia del Juzgado Federal N° 2 de San Martín, a cargo de Elpidio Portocarrero, quien ordenó al Estado Nacional abstenerse de aplicar los artículos 131 y 133 de la reforma laboral tras un planteo de la federación de empleados de comercio (FAECYS). Esta resolución, con una vigencia inicial de seis meses, garantiza la continuidad de la ultraactividad de los convenios colectivos, que permite que sigan vigentes tras su vencimiento y suspende los nuevos topes del 2% impuestos a los aportes sindicales.

Para el juez federal, esta reestructuración normativa podría interferir en la autonomía de las asociaciones gremiales y en el normal desarrollo de las negociaciones colectivas, generando interrogantes sobre el impacto real de esta reforma laboral en el sistema vigente en la Argentina.

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Dirigentes de la CGT celebraron el freno a la reforma.

Estos reveses judiciales para el Ejecutivo se suman a otros antecedentes cercanos de este 2026. El 12 de marzo, el juez Ricardo Gileta ya había declarado inconstitucional el artículo 55, que establecía límites a la actualización de deudas en juicios laborales tras la modificación de leyes de trabajo. Asimismo, el 17 de marzo, el juez Herman Mendel suspendió el traspaso del fuero laboral a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires ante un amparo del gremio de judiciales.

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El Ejecutivo apelará la decisión para reactivar los cambios laborales.

Frente a estos cuestionamientos, el Estado Nacional defendió la validez de la ley alegando que fue dictada bajo facultades constitucionales y que su suspensión representa una interferencia indebida en el Poder Legislativo. Sin embargo, los tribunales ratificaron que su intervención es esencial para garantizar la división de poderes y el respeto a la Constitución Nacional.