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POLÍTICA

Por decreto, el Gobierno desregulará el transporte marítimo y habilitará la navegación de buques extranjeros

El decreto establece que tanto buques con bandera argentina como extranjera podrán operar en el cabotaje nacional.

María Constanza Daher
María Constanza Daher
Federico Sturzenegger. Fuente: (X)
Federico Sturzenegger. Fuente: (X)

En los próximos días, el Gobierno nacional firmará un decreto que desregulará el transporte marítimo en Argentina, permitiendo la operación de buques y tripulaciones extranjeras en el cabotaje nacional. La medida, impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado junto con la Agencia Nacional de Vías y Puertos Navegables, eliminará la exclusividad de la Marina Mercante y flexibilizará las condiciones de contratación en el sector.  

De acuerdo a lo informado por TN, el decreto establece que tanto buques con bandera argentina como extranjera podrán operar en el cabotaje nacional, con un plazo de hasta 180 días renovables. Además, se elimina la obligatoriedad de contratar tripulaciones argentinas, permitiendo a las empresas emplear personal de cualquier nacionalidad, siempre que esté habilitado como personal marítimo o fluvial.  

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El Gobierno nacional firmará un decreto que desregulará el transporte marítimo. Fuente: (X)

Otro de los puntos clave de la medida es que los propietarios de buques inscriptos en el Registro Nacional de Armadores podrán solicitar el cese de bandera provisorio para inscribir sus barcos en registros extranjeros sin que esto sea considerado una exportación. Sin embargo, la medida no aplicará a las embarcaciones dedicadas a la pesca, que quedarán excluidas del nuevo esquema.  

El decreto tendrá una vigencia de hasta diez años y contempla el reingreso automático de los buques al registro nacional sin costos adicionales. También establece que los barcos extranjeros arrendados sin tripulación y con una antigüedad menor a 20 años recibirán el mismo tratamiento que los de bandera nacional.  

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La medida eliminará la exclusividad de la Marina Mercante. Fuente: (X)

Además, la normativa declara la navegación marítima destinada al transporte comercial, de pasajeros, de carga y servicios conexos como un servicio esencial. Esto implica que, en caso de huelga o conflicto laboral, deberá garantizarse un porcentaje mínimo de operatividad.  

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La normativa declara la navegación marítima como un servicio esencial. Fuente: (X)

En cuanto a la contratación de personal, el decreto permite a los sindicatos sugerir listas de trabajadores disponibles, pero deja en manos de los empleadores la decisión final sobre a quién contratar. De esta manera, se derogan todas las normativas previas que imponían restricciones a la selección de personal por parte de las empresas.